miércoles, 23 de enero de 2008

Argentina: Las obras de arte y lo que requiere la Aduana para su traslado.

Varios lectores buscan información sobre el procedimiento por el cual un turista que adquiere un cuadro en la Argentina puede llevarlo al exterior sin tener inconveniente alguno en la Aduana. Una lectora cuenta que "en el aeropuerto de Ezeiza, a un familiar mío le exigieron un formulario especial, ya que con la factura de la compra del cuadro no era suficiente y no lo pudo llevar".

Efectivamente, para sacar del país obras u objetos de arte, objetos de colección y antigüedades, se debe contar con una licencia previa de exportación, que otorga la Dirección Nacional de Artes Visuales, o con la autorización de la Dirección Nacional de Museos, según corresponda. Es cierto que las obras de arte originales, objetos de colección y antigüedades gozan, para su circulación internacional, de exenciones de los derechos de Aduana o franquicias, con la finalidad de favorecer el intercambio artístico-cultural entre las naciones. Sin embargo, para hacer esto posible sin menoscabo del patrimonio artístico o histórico del país (tráfico ilícito) es preciso que quien desee exportar tales bienes u objetos cuente con la respectiva autorización para la salida del país. En este sentido, la licencia de exportación (de trámite gratuito) es el instrumento que permite hacer uso del beneficio dispuesto por la Ley 24.633 y, al mismo tiempo, contribuye a la protección del patrimonio artístico nacional. Este formulario está disponible en la pagina web de la Secretaría de Cultura de la Nación (www.cultura.gov.ar). Una vez llenado, el formulario debe presentarse en la Dirección de Artes Visuales, organismo que evalúa la solicitud y expide la respectiva licencia en un plazo que no deberá exceder los diez días hábiles contados a partir de su presentación, excepto que requiera informes periciales. Una vez otorgada, la licencia tiene una validez es 120 días desde la fecha de su solicitud, para sacar el bien del país. La Dirección de Artes Visuales está ubicada en Alsina 1169, Piso 1°, Capital, y atienden de 10 a 16. El teléfono es: 4381-6656 int. 154 y 155; artesvisuales@correocultura.gov.ar. El trámite prosigue en la Secretaría de Cultura, Av. Alvear 1690, de 10 a 16 horas.

Una aclaración: la ley 24.633 sobre Circulación Internacional de Obras de Arte sostiene que no están comprendidas las copias, réplicas o reproducciones de obras de arte; las tallas en coral, marfil u otros materiales de lujo, ni las realizaciones artísticas a mano sobre piezas provenientes de procedimientos industriales en serie. Es decir: si alguien compró un retrato callejero en La Boca, no deberá hacer este trámite.

Más allá de las obras de arte sin licencia, hay un lista de lo que no se puede llevar ni ingresar como equipaje sin el permiso especial. A saber: mercadería con finalidad comercial; mercadería prohibida por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal o vegetal, protección al patrimonio arqueológico, paleontológico o científico o conservación de las especies animales o vegetales, salvo que cuente con autorización expresa emitida por la autoridad competente.

Nora Vera. Diario Clarín.

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